El aumento de la pena, ¿un arma contra la delincuencia?
Frente al continuo debate que ha girado en torno a la concepción de la pena, derivado principalmente por los últimos sucesos de corrupción y de atrocidades que, desde luego, son horripilantes e indignantes, se han suscitado opiniones en la prensa y en la sociedad en general que propugnan por el aumento de las penas e inclusive por la imposición de la pena perpetua. Frente a tales propuestas que, en mi concepto son infundadas, cabe hacer un pequeño recuento de la función de la pena que propugna un Estado Social y Democrático de Derecho como el colombiano, y además demostrar la ineficacia de su aumento para la eliminación del delito.
Cabe en primer lugar mencionar que la función de la pena en un Estado Social y Democrático de Derecho es la prevención, la retribución y la , esto quiere decir que la pena no opera solamente para castigar al infractor, sino que está también -inclusive con mayor importancia- para resocializarlo, es decir, para darle una segunda oportunidad ante la sociedad de enmendar su error y no volverlo a cometer; de ahí se derivan las garantías que el Estado debe otorgarle al reo: el debido proceso, la ejecución de la pena con condiciones dignas, la resocialización mediante el otorgamiento de educación y de un sistema de fácil acceso al trabajo, entre otras. Esto lo pongo de presente porque es necesario conocer sobre qué bases está estructurado el derecho penal colombiano para dar un argumento que implique la modificación del sistema penal, enfatizado principalmente en la delimitación cualitativa y cuantitativa de la pena.
Mi llamado está en que debemos dejar de pensar en que la pena sólo sirve para arrumar gente en un edificio para nuestra protección, no hay nada tan vil e inhumano que pensar que para construir una mejor sociedad debemos esconder sin más a todos quienes no encuadren en nuestro ideal de individuo. Por ese pensamiento es que hay personas que se abruman porque haya disminución de penas por una buena convivencia, por estudiar o trabajar; por ese pensamiento es que hay personas que exigen la imposición de la pena perpetua, y sin faltar, quienes exigen la pena de muerte.
Además, debemos tener en cuenta que el Derecho Penal liberal que rige en Colombia, está basado en el Derecho Penal de acto. El cual ordena que el delincuente sea juzgado por sus acciones y no por lo que es. Es decir, en Colombia está proscrito el juzgamiento de una persona por su , así que nadie puede ser condenado por siempre, y todos tienen el derecho de tener una segunda oportunidad, así sus acciones hayan sido las más macabras y repugnantes de la sociedad. Ésta es una esperanza que tiene el liberalismo sobre la persona, que podrá ser equivocada o no, pero nunca se podrá cuestionar su humana intención.
Frente a lo expuesto anteriormente, solo cabe mencionar que la pena perpetua está expulsada del ordenamiento jurídico, no solamente porque la Constitución lo prohíba expresamente, sino porque su imposición iría en contra de la función de resocialización de la pena y, en consecuencia, del Estado Social y Democrático de Derecho que proclama nuestra Constitución.
En segundo lugar, me gustaría demostrar las razones por las cuales el aumento de las penas no es la solución a los problemas de delincuencia, sea del tipo que sea. Partiendo del análisis de la acción humana, el individuo tiene tres factores que lo influencian para no cometer delitos, éstos son: 1) la vida sostenible económica y socialmente, donde el Derecho Penal y el Policivo no pueden inmiscuirse; 2) la magnitud de la pena, donde el Derecho Penal es el principal protagonista; y 3) la alta probabilidad de ser encontrado y juzgado si comete el delito, donde el Derecho Penal y el Policivo convergen.
En Colombia, las tasas de impunidad y de ineficiencia policiva son altas, tanto así, que es el tercer país con mayor impunidad según el índice global de impunidad realizado por la UDLAP en 2015. Esta situación envía incentivos a las personas para cometer delitos, por cuanto nunca serán encontrados ni juzgados. Bajo esta situación el Congreso podrá muchas veces aumentar las penas, pero si no existe una verdadera política criminal en manos de la rama ejecutiva y judicial, que promuevan la eficiencia del ente policivo y del sistema judicial, lo que hará es gravar injustamente a las pobres almas que sí son juzgadas -y que muchas veces son inocentes-, sin evidenciar una disminución en la comisión de delitos.
Como conclusión, sugiero volver a las bases y a los principios sobre los cuales está construido el Derecho Penal, y saber que nuestro sistema está basado más en la prevención que en el castigo. Si entendemos eso, no podremos como juristas o seres políticos, seguir proponiendo estas ideas populistas e inhumanas.