Una puerta entreabierta.
Después de una larga y tediosa odisea, la Corte Constitucional ha hablado, la adopción para las parejas del mismo sexo es un hecho pero con ciertas restricciones. Por fin para Ana Elisa Leiderman y su pareja Verónica Botero ha acabado una fuerte pelea contra el Estado colombiano para que sus derechos fueran reconocidos, para que la hija biológica de Ana pudiera ser adoptada por Verónica. La batalla legal que finalizó el pasado jueves 28 de agosto, abrLy la puerta a los derechos que jurídicamente pueden ser reconocidos a la comunidad LGBTI pero la abre para un caso en específico: sólo los hijos biológicos de una de las dos personas lo que podría generar inconformidad.
Se puede ver que de alguna manera, que el ordenamiento jurídico colombiano, dentro de sí mismo, intenta acabar con las desigualdades que existen para todas las personas de la comunidad LGBTI, y además busca enviar un mensaje a la sociedad colombiana. Pero ¿Es una sentencia de la Corte Constitucional suficiente para cambiar la mentalidad de la sociedad colombiana? ¿Se está haciendo de una manera correcta?
Después del histórico fallo de la corporación, bastaba con revisar un poco las redes sociales para ver qué pensaba la gente sobre lo sucedido, mientras unos celebraban, otros protestaban y lastimosamente eran estos los que más se notaban. Los insultos para la comunidad LGBTI no se hicieron esperar, palabras como “depravados” o “enfermos” primaron; una mayoría estaba en total desacuerdo con la decisión de la corte.
Es aquí donde está reflejado uno de los primeros problemas del fallo de la Corte Constitucional, es el mismo derecho tradicional el que ha construido conceptos discriminatorios frente a quien es diferente, en este caso la comunidad LGBTI, y de la noche a la mañana no se puede pretender cambiar toda una tradición. Es por esto mismo, que se ha considerado a los integrantes de esta comunidad como fuera de lo normalmente enmarcado por el derecho y esto es lo que genera el gran desacuerdo de la mayoría de los colombianos.
Para que la decisión de la corporación tenga un verdadero efecto en nuestro país debería existir una verdadera educación frente a lo que significa que un niño sea educado por dos papás o dos mamás, que las opiniones contenidas en la sentencia, de los diferentes sectores sociales sobre este mismo tema, no se quedaran allí únicamente sino que además deberían comunicarse a todos los ciudadanos para así poder instruirlos sobre el tema.
Un segundo problema en esta providencia es el inconveniente al momento de aplicarla a todos los casos de adopción, lo que quiere decir que la puerta de los derechos de la comunidad LGBTI fue abierta a medias, la Corte Constitucional se queda en la opción de adoptar solo al hijo biológico de uno de los padres o madres, lo que marca de nuevo aquella tradición de la que se hablaba anteriormente; esto es aún más grave porque da cuenta de la dificultad del mismo derecho para desmontarse desde sí mismo, éste se sigue reproduciendo de manera que mantiene esos criterios discriminadores latentes. Lo que está mostrando es la imposibilidad de los mismos órganos de cierre de cambiar la cultura que de alguna manera ellos mismos han contribuido a crear y que ellos mismos han aceptado casi que de manera involuntaria.
Aunque la sentencia abra una puerta, no la abre del todo, y aunque intente cambiar una mentalidad, no lo logra. El tabú que existe frente a la comunidad LGBTI es más grande que la misma sentencia, la tradición que ha construido el mismo derecho aún más fuerte, es así como el cambio que se intenta hacer no da resultado y además deja dudas acerca de si en verdad existirá alguno a futuro.
Es así, como se puede concluir que el fallo de la Corte Constitucional abrió una puerta a los derechos de la comunidad LGBTI pero no en su totalidad, podría decirse que la deja entreabierta o abierta a medias, ya que no logra los objetivos que esperaba esta minoría. Además, la sociedad colombiana, gracias al Derecho, ha construido tabúes y estereotipos alrededor de lo que no se conoce y no es “normal”, lo que hace difícil cualquier aceptación o cambio de mentalidad que favorezca de cualquier manera a esta comunidad. Por último, queda la cuestión de si en realidad se estaba buscando un cambio con esta sentencia, ya que otorgó algunos derechos pero a medias.
Comentários