top of page

La Política y la Facultad

Una insistencia de los estudios jurídicos críticos en sus diferentes versiones es la conexión entre política y derecho. Hablar de esta relación, hoy en día, no es nada novedoso. Lo que resulta difícil de determinar es exactamente cómo se construye esta interrelación. Quiero en estas líneas plantear una propuesta –siendo consciente que no es la única– sobre la conexión entre estos dos ámbitos, ofreciendo mi visión sobre las contradicciones y discusiones políticas en la Facultad.


Volví a la Javeriana en el segundo semestre de 2013, luego de más de cinco años de ausencia. Uno de mis esfuerzos al llegar de nuevo a la Facultad ha sido entender su “política”, entendiendo por ésta los conflictos de ideas, visiones y creencias que construyen los antagonismos entre sus miembros –en especial del profesorado–. Tanto los estudiantes como los profesores generalmente tenemos una intuición de nuestros aliados y nuestros contradictores, en ciertos ámbitos. Pero al mismo tiempo creo que en cada uno de los temas se construyen aliados distintos. Por ello la clave no es identificar bandos en el sentido de miembros de “x” o “y” orilla polí- tica sino poder identificar los tipos de argumentos que se enfrentan en diferentes ámbitos.


Para una construcción tentativa de estos argumentos iniciaría distinguiendo dos ámbitos generales: uno que se refiere a enfrentamientos de política entendida como política estatal; es el campo de nuestras preferencias como ciudadanos. El otro se refiere a la política del derecho que no necesariamente está determinada por la anterior; se trata de nuestras posiciones sobre el rol del derecho, la educación legal, la marcha de la facultad, etc. Me interesa más el segundo que el primero pero me siento en la obligación de abordar este último. Una advertencia inicial: voy a construir posiciones que creo se ubican en espectros opuestos del espacio político; existen entonces puntos intermedios entre estos extremos.


En el primer ámbito, uno de los aspectos que domina la discusión actual es el Proceso de Paz y la forma como abordar el problema de la superación de la guerra. Todas las posiciones parecen estar hoy “montadas” en el fin del conflicto con las FARC por vía del diálogo. Pero las diferencias se construyen alrededor de cómo debe tratar el estado a las guerrillas: como un grupo de delincuentes comunes, y por ende lo que está sobre la mesa son unas condiciones de rendición algunas penas alternativas, pero habría una tendencia a apoyar visiones que el acuerdo no lleve a una transformación socioeconómica del país sino a enfrentar una manifestación particular de la criminalidad. Bajo estas perspectivas, se resaltan disposiciones de derecho internacional (de derechos humanos y penal internacional) donde es imposible pasar por alto crímenes cometidos por las guerrillas.


En el otro extremo están quienes consideran que la negociación con las FARC se enmarca en la transformación de unas instituciones, pú- blicas y privadas, que han sido excluyentes en muchos ámbitos. Las acciones de las guerrillas han sido, en su mayoría, delitos políticos y por ende habría que pensar en fórmulas en donde no haya un castigo para todos aquellos miembros de la insurgencia que se vieron envueltos en acciones subversivas. En materia de derecho internacional, para estas visiones se trata de lograr un balance o equilibrio delicado que permita resaltar aquellas zonas de aquellas normas que privilegien versiones alternativas de la reparación que no necesariamente envuelva procesos penales y penas de prisión a los responsables.


En el segundo ámbito quisiera destacar dos tipos de discusiones. La primera sobre el derecho y la distribución de recursos, la segunda sobre la educación legal. En la primera discusión hay argumentos que señalan que las normas jurídicas deben ser generales y abstractas y no deben tener como objeto la distribución de recursos en la sociedad. Solamente dan condiciones para que los participantes de la comunidad, de acuerdo con su voluntad, definan en condiciones de seguridad e igualdad de información la manera como han de distribuirse los recursos. El contrato es una pieza fundamental de estas relaciones sociales; las partes se obligan por su voluntad. Quienes se enfrentan a esta posición sostienen que hay una serie de inequidades fundamentales y que el derecho no solamente debe entrar a garantizar condiciones para la expresión de la voluntad sino que debe entrar a decidir en algunos casos quién se lleva qué en algunas situaciones. No se trata de garantizar que todos tengan acceso a los recursos sino de dar un trato preferencial a algunos desaventajados para que puedan acceder a estos recursos. El derecho debe asumir transparentemente su papel en la redistribución de recursos. Algunos que apoyan esta última visión critican a la primera señalando que su posición pasiva respecto a la distribución de recursos ya es una decisión sobre la distribución amparada en una aparente neutralidad garantista de las normas jurídicas. La Política y la Facultad


La segunda discusión sobre educación legal tiene varias aristas. Lo más importante en la formación de los abogados es dotarlos de una serie de conceptos, los cuales deben ser aprendidos (memorizados), repetidos y usados en algunos casos. La memorización, la repetición y sus usos en casos hipotéticos terminarán por construir un criterio jurídico fundamental para el ejercicio de la profesión. Quien enseña debe ser alguien con experiencia práctica, lo cual es paradójico por el alto grado conceptual de este tipo de educación, pues es quien puede dotar de criterio jurídico práctico a los estudiantes. La cátedra magistral es un método fundamental porque la educación legal debe dar bases para el ejercicio profesional: hay que dictar clase. La investigación es algo accesorio –se celebran sus buenos resultados y no se ve con malos ojos pero es secundaria–.


En otro lado están quienes consideran que la educación no debe partir de conceptos abstractos sino de problemas. Bajo esta perspectiva los conceptos son formas lingüísticas que expresan una mediación o transacciones entre diferentes posturas. Por ende arrancar por el concepto es esconder la existencia de los problemas y tensiones fundamentales del derecho. En este tipo de aproximación se privilegia el cuestionamiento y la crítica, la evaluación es en forma de ensayos y considera que el criterio se forma a partir de formar sujetos que problematicen permanentemente el conocimiento. En esta aproximación se privilegian cátedras participativas que se construyen a partir de agendas de investigación del profesor y por eso no puede entenderse la docencia sin la investigación. Estas son solo algunas de las discusiones que hoy perfilan buena parte de las tensiones políticas de la facultad. Quizá hacerlas transparentes puede contribuir a nuestra propia ubicación en un espectro que por ser plural no conviene que lleve a la parálisis en la toma de posición.


 

Comments


Entradas destacadas

© 2015 por Ágora-Derecho Critico. Creado con Wix.com

bottom of page