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Una perspectiva crítica de la Ley sobre matoneo


El 15 de marzo del presente año, el gobierno nacional sancionó la ley 1620 para tratar los temas de bulling. Para hablar con franqueza, ni siquiera sabía de la procedencia de esta norma, sin embargo cuando me enteré de su existencia vinieron a mi mente dos cosas: o esta ley es otro "maravilloso invento" de los funcionarios especialistas en hacer leyes que no sirven para nada, o sencillamente los legisladores tienen buenas intenciones. No obstante, ésta no es la mejor herramienta para evitar o siquiera disminuir los índices de abuso o acoso entre niños y adolescentes. Ahora bien, aplicando eso de que "se presume la buena fe" -que tanto nos enseñan en la facultad- optaré por elegir la segunda opción.


A sabiendas que esta norma jurídica existe y se encuentra vigente, el código de la infancia y la adolescencia -renombrado millones de veces en las clases de familia- contiene disposiciones acerca de la responsabilidad conjunta de la familia, la sociedad, y el Estado, como garantes de los derechos de los niños y adolescentes. Sin embargo, nuevamente en la realidad hay una ausencia evidente de la aplicación eficiente de las normas en cuanto a este tema.


Este artículo, no tiene como fin a hacer una crítica al código de la infancia y adolescencia -ni más faltaba- por el contrario, personalmente considero que es una de las mejores normativas de nuestro país. Lo que sí pretendo hacer por medio de esta pequeña columna de opinión, es una crítica a ese pensamiento erróneo que existe entre algunos congresistas, donde en vez de aplicar eso de "trabajar, trabajar y trabajar" pretenden "legislar, legislar, y legis-lar", sin darse cuenta que muchas veces inundan la sociedad con leyes inútiles e inaplicables.


Quiero que todos aquellos que algún día lean este artículo sepan que la ley 1620 “ley del matoneo”, hace algunas puntuaciones interesantes. El artículo 36 y 37, expresan de forma clara las sanciones para aquellas instituciones educativas que no cumplan con lo establecido en la ley. Así mismo, el artículo inmediatamente siguiente, menciona las penalidades que se impondrán a los docentes y directivos que hagan caso omiso al llamado de cumplimiento.


Sin embargo, la cuestión se centra en que estas situaciones ya se encuentran previstas en otras normativas tales como el código contencioso administrativo, el código disciplinario único, el código de infancia y adolescencia, entre otros; e incluso en los preceptos internos de cada colegio o plantel de educativo, buscando regular situaciones donde se quebranten derechos por los abusos de terceros.


Con todo esto, me pregunto ¿qué sentido tiene seguir creando normas con respecto al mismo tema, si las que ya existen, no se aplican? Hay que encontrar la causa que da origen a esta situación para de esta manera implementar una política pública verdaderamente eficiente y lograr disminuir este conflicto entre los estudiantes.


La burla, los sobrenombres, los ataques y los acosos son "pan del día a día" en el entorno escolar, pero ¿qué se está haciendo más allá de una sobre-producción de leyes que intentan regular la materia? Yo no pretendo establecer que el camino para abolir estos comportamientos sea devolvernos a aquellas épocas donde el rector o el supervisor de disciplina corregían a los alumnos con reglas de madera, sino hacer un llamado a la educación que los menores deben tener para así evitar estas conductas.


En este proceso me cuestiono el papel que están teniendo los medios de comunicación en cuanto al tema. Es sólo prender la televisión nacional y encontrarnos con "El capo", la serie de Pablo Escobar, "La reina del sur", "los tres Caines" y demás, para darnos cuenta que la pantalla grande y chica nos muestra un mundo de violencia, de dinero fácil y corrupción extrema -sin embargo, en cuanto a esto, curiosamente los honorables congresistas no legislan-.


Un niño de 8 años nada entiende de la ley 1620 de 2013 –les aseguro que no hay ninguno que sepa ni siquiera de su existencia– y a decir verdad, hay muchos abogados que ni siquiera la conocen. Pero un niño o niña de los mismos ocho años sí entiende por lo que ve en las películas, por lo que escucha en la radio, lo que ve en televisión y lo que le enseñan en el colegio.


Con todo esto, no creo que la herramienta adecuada del gobierno nacional sea legislar más y más sobre el tema -y más cuando ya hay códigos y leyes que contemplan esta materia-. Por el contrario, se deben analizar los aspectos que influyen de forma directa en la formación de los niños –como los medios de comunicación– y así difundir campañas nacionales para trabajar los proble-mas de bulling.


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