top of page

¡No me venga aquí con leguleyadas!

Señores docentes, compañeros de estudio y actuales profesionales del derecho, con todo el respeto que se merecen: ¡No me vengan aquí con leguleyadas!


Una de las críticas, en mi parecer, más justificadas hacia un sector en específico de abogados es la consideración de la norma como fuente suprema de toda relación humana. Lo que otros llamamos santanderismo. Creer que las normas brindan per se la solución a toda problemática social, o peor, pretender que estas no pueden ser solucionadas porque una norma no da las herramientas para ello.


Nos creímos dueños de la Constitución Política cual si fuera jurídica. Encerramos las discusiones principalmente dentro del ámbito legal como si la solución siempre estuviere intrínseca en un artículo del código o la Constitución. Remitimos las problemáticas a ¿tal o cual asunto sustituye nuestra carta magna? O ¿las cortes se han abrogado competencias que no les pertenecen? Cuando en realidad el verdadero interrogante debería ser: “Ey, ¿el Derecho responde a las necesidades sociales?”.


No me confundan. Toda pregunta, incluyendo las anteriores son relevantes, y por ello no siempre son expresiones leguleyas. Sin embargo, como todo, estas encuentran un límite. La seguridad jurídica no puede traspasar la dignidad humana, entendida esta como un medio para alcanzar la felicidad del individuo dentro de las relaciones sociales. Las leyes no pueden desconocer los derechos humanos, y la academia no se puede olvidar de la realidad en la que se construye.


De tal forma que, no está mal examinar si el control de fondo a las reformas constitucionales que hoy por hoy realiza nuestra Corte sobrepasa sus funciones. Pero si con esta discusión pretendemos retroceder en la obtención de derechos fundamentales, estamos errados. La academia no está diseñada para ir en contra de las necesidades sociales, ¡por el contrario! Su fin es el planteamiento de soluciones, no de impedimentos.


Profesores, ¡continúen formulando debates! Pero salgamos de la burbuja social en la que muchos (no todos) estamos y caminemos dentro de las problemáticas (no sobre), apoderándonos de ellas como si fueran nuestras, sin que ello signifique renunciar a nuestros ideales. Cada quien podrá pensar lo que quiera con respecto al control de fondo a las reformas constitucionales de la Corte Constitucional, pero al momento de entablar una discusión y plantear conclusiones la respuesta no podrá estar enmarcada únicamente dentro del ámbito jurídico.


¡Rompamos las vestiduras que tanto daño nos hacen y untémonos de barro! La sociedad no es únicamente un laboratorio de estudio, es, en efecto, fuente de nuestro trabajo, respondámosle con coherencia.


El término leguleyo proviene del latín “legulēius” y literalmente significa “picapleitos”, “persona que aplica el Derecho sin rigor y desenfadadamente”. Aquel que pretende gestionar toda situación social a través del derecho.


Encontremos ese equilibrio. Por algo somos estudiantes de Derecho. Pero esto no implica ser meros operadores jurídicos. Pensemos por y a partir de la comunidad. Hablemos con argumentos jurídicos de peso, defendamos la Constitución y la ley según nuestras convicciones que para eso estamos, pero por sobre eso desarrollemos argumentos que tengan en cuenta la realidad sobre la cual van a ser aplicados. Entendamos de una vez por todas que nuestro actuar se aplica sobre un colectivo concreto y no abstracto, personas de carne y hueso que sufren por nuestra negligencia o malicia.


¿La interrupción voluntaria del embarazo defiende la dignidad humana de la mujer o es un disfraz jurídico para acabar con una vida? ¿Están justificadas las pretensiones del sindicado Acdac frente Avianca? ¿Viola la Jurisdicción Especial para la Paz los derechos de reparación y no repetición de las víctimas? Todas estas son discusiones que, si bien tienen un estricto elemento jurídico que debemos tener muy en cuenta, deberemos analizar según el escenario en concreto en el que pretenderemos aplicar la norma.


El Derecho no es únicamente un conjunto de normas jurídicas coercibles y legítimas diseñadas por el legislador para regular la conducta humana, es también una (lo que significa que se admiten más) herramienta para permitir y mejorar la convivencia social y el desarrollo de un individuo dentro de una colectividad. Ello implica que este admite el asumir diferentes posturas frente a él, pero si usted es uno de quienes cree que la corrupción en el sistema de justicia colombiano se solucionará exclusivamente a partir de una reforma constitucional, déjeme decirle, nuevamente, con el respeto que se merece: ¡Déjese de leguleyadas!


Entradas destacadas
bottom of page